Según lo establece el Art. 22 de la Ley Orgánica Municipal 1079 se encuentra habilitada la inscripción en el Padrón de Extranjeros hasta el 31 de julio.

Requisitos para empadronarse
-Ser extranjero/a mayor de 18 años.
-Tener 2 (dos) o más años de residencia en el departamento, acreditada con Certificado de Residencia expedido por el Registro Civil.
-Boleto y acreditación de pago de las tasas municipales.
-Dos fotos carnet (4×4).
-Documento de Identidad/Cédula de Extranjería
Inscripciones
Para empadronarse las personas oriundas de otros países que cumplan y acrediten los requisitos detallados, deberán acercarse a «Mesa de Entrada» de la Municipalidad que funciona en el edificio comunal, (Avenida Belgrano 348). Las inscripciones se tomarán de lunes a viernes de 9 a 12h.
Consultas
Cualquier duda en relación a los requisitos exigidos y/o sobre el proceso de la inscripción, se puede evacuar de forma personal de lunes a viernes de 9 a 12h en la oficina de Asesoría Legal, en la misma dirección municipal.