Según lo establece el Art. 22 de la Ley Orgánica Municipal 1079 se encuentra habilitada la inscripción en el Padrón de Extranjeros hasta el 31 de julio. 
No obstante, en consideración de los días y horarios de atención de la administración pública local, se determinó como fecha límite de registro el viernes 29 de julio.
Requisitos para empadronarse
-Ser extranjero/a mayor de 18 años. 
-Tener 2 (dos) o más años de residencia en el departamento, acreditada con Certificado de Residencia expedido por el Registro Civil. 
-Boleto y acreditación de pago de las Tasas Municipales. 
-Dos fotos carnet (4×4). 
-Documento de Identidad/Cédula de Extranjería
Inscripciones 
Para empadronarse las personas oriundas de otros países que cumplan y acrediten los requisitos detallados, deberán concurrir a la oficina de la Dirección de Desarrollo Social que se encuentra ubicada en calle Mosconi, detrás de Casa de la Cultura. Las inscripciones se tomarán de lunes a viernes de 14 a 16h.
Informes y Consultas
Cualquier duda en relación a los requisitos exigidos y/o sobre el proceso de la inscripción, se puede evacuar de forma personal de lunes a viernes de 9 a 12h en la oficina de Asesoría Legal, que funciona dentro del Edificio Municipal, en Av. Belgrano 348.